Información de la OMIC sobre el Consorcio de Compensación de Seguros

El área de Consumo del Ayuntamiento de Cártama, a través de la Oficina Municipal de Información a las personas Consumidoras (OMIC), quiere hacer llegar a la ciudadanía información acerca del Consorcio de Compensación de Seguros, que tiene como fin cubrir los riesgos que no están cubiertos por las compañías aseguradoras.

Algunas de sus funciones privadas en el ámbito asegurador son:

– Indemnizar en régimen de compensación las pérdidas (daños directos en las personas y los bienes, así como la pérdida de beneficios como consecuencia de aquéllos) derivadas de acontecimientos extraordinarios ocurridos en España y que afecten a riesgos en ella situados (igualmente los daños personales derivados de acontecimientos extraordinarios ocurridos en el extranjeros cuando la persona asegurada de la póliza tenga su residencia habitual en España).

– Serán acontecimientos extraordinarios, entre otros, terremotos, las inundaciones extraordinarias o la tempestad ciclónica atípica.

– Se entenderá que los riesgos estarán situados en España los que afecten a: los vehículos con matrícula española; los bienes inmuebles situados en territorio nacional; los bienes muebles que se encuentren en un inmueble situado en España, estén o no cubiertos por la misma póliza de seguro, salvo aquéllos que se encuentren en tránsito comercial; en el caso de seguros de personas, cuando la persona asegurada tenga su residencia habitual en España (en los demás casos, cuando la persona tomadora del seguro tenga su residencia habitual en España o, si fuera una persona jurídica, tenga en España su domicilio social o la sucursal a que se refiere el contrato).

No obstante, desde la OMIC se quiere recordar que el Consorcio compensa los daños producidos por los riesgos extraordinarios (fenómenos de la naturaleza y hechos de carácter político o social), a condición de tener suscrita, con cualquier entidad aseguradora, una póliza en ramos de daños en los bienes, o de vida y/o de accidentes.